viernes, 16 de marzo de 2012

Acusan a Danilo de montar "fraude pre-electoral"

La Comisión de Justicia del Partido Revolucionario Dominicano, atribuyó al candidato del oficialismo Danilo Medina, el dirigir "un fraude pre-electoral" consistente en la anulación de los pactos de alianzas del PRD con otras organizaciones políticas.

Alberto Tavárez presidente de la Comisión, dijo que el "fraude pre-electoral" se hace efectivo con las decisiones del Tribunal Superior Electoral y la Junta Central Electoral, anulando las alianzas del PRD con los Partidos Nacional de Veteranos y Civiles y Revolucionario Independiente.

Apunta que con esas decisiones el TSE y la JCE, quebrantaron el estado de derecho y la diafanidad de las elecciones de Mayo próximo con el propósito de perjudicar la candidatura presidencial de Hipólito Mejía.

Precisa que Medina se ha valido de sus relaciones familiares con el juez del TSE John Guiliani, quien conserva notable influencia en la JCE e influyó de manera fraudulenta en las decisiones de ambos organismos para decretar la nulidad de los pactos electorales suscritos por el PRI y el PNVC con el partido blanco.

Tavárez manifestó que delatan la vinculación las fotografías publicadas en la prensa nacional, que muestran al juez Guiliani compartiendo "con los activistas de la candidatura de Danilo Medina" Juan José Mesa y Antonio Muné, dirigentes del PNVC que impugnaron la Asamblea que proclamó a Mejía como candidato de esa entidad política.

Sostiene que "eso es prueba suficiente de la prevaricación cometida por este funcionario judicial por lo que debe presentar renuncia en lo inmediato, o ser inhabilitado conforme a lo que establece la ley".

Los Abogados del PRD emplazaron al candidato presidencial del PLD a explicarle al país su participación en este bochornoso episodio que "llena de nubarrones" el presente proceso electoral y de manera específica informar sobre el rol que juega la esposa del juez John Guiliani en su equipo de campaña.

El articulo 36 de la Ley Orgánica del Consejo Superior Electoral prohíbe vínculos de parentesco o afinidad de los miembros de este tribunal con algún candidato a la Presidencia de la Republica so pena de inhabilitación.

Mientras que el numeral 16 del articulo 80 de la Ley no.41-08 de función publica, que sanciona el conflicto de intereses partículas con el servicio publico, recordó Tavárez.

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